Los Lineamientos de la PUI (DOF 27 de noviembre de 2025)
Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2025, los Lineamientos son el primer instrumento secundario que desarrolla la obligación creada por la reforma a la LGMDFP. Analizamos qué regulan, cuál es su papel en la cadena de implementación de la Plataforma Única de Identidad y cómo se relacionan con el Manual Técnico posterior. Lectura para abogados y áreas de cumplimiento que necesitan la jerarquía normativa completa.
Qué son y dónde encajan en la jerarquía
La reforma de julio de 2025 a la LGMDFP fijó el deber sustantivo —registrar identidad e interconectarse a la PUI— pero, como toda ley general, lo hizo en términos que requieren desarrollo. Los Lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2025 son el instrumento administrativo que baja ese deber a reglas operativas concretas, dentro del marco que la propia ley autoriza.
En la jerarquía normativa, los Lineamientos se sitúan por debajo de la ley y por encima de los manuales puramente técnicos: precisan el marco de cumplimiento sin poder ir más allá de lo que la LGMDFP autoriza. Su función es darle a la obligación de hospedajes contornos aplicables, de modo que un operador y una autoridad sepan con razonable certeza qué se espera y cómo se verifica.
Para un área de cumplimiento, los Lineamientos son la pieza que convierte un mandato legal abstracto en un programa de cumplimiento concreto. Es el documento donde el deber del Artículo 12 Bis empieza a tener forma operativa antes de descender al detalle técnico que aporta el Manual.
El papel de los Lineamientos en la implementación
Cómo se insertan entre la ley y la capa técnica.
Desarrollan la ley
Concretan en reglas operativas el deber sustantivo que fijó la reforma a la LGMDFP.
Definen el marco de cumplimiento
Precisan el alcance aplicable de la obligación para sujetos obligados y autoridad.
Anteceden al Manual Técnico
Son el escalón previo al detalle de interconexión que aporta el Manual Técnico v1.0 (DOF 23-ene-2026).
Encadenan con la protección de datos
Enmarcan el tratamiento de datos personales que la captura e interconexión implican.
Por qué importan, aunque no sean la ley
Un error frecuente es leer solo el texto de la ley y dar por agotado el análisis de cumplimiento. En la práctica administrativa mexicana, los instrumentos secundarios como los Lineamientos son determinantes: es ahí donde se precisan los términos que la ley deja abiertos y donde una autoridad encuentra los criterios para verificar el cumplimiento. Ignorarlos deja un análisis incompleto.
Los Lineamientos también cumplen una función de certeza jurídica para el sujeto obligado. Al fijar reglas operativas publicadas en el Diario Oficial, acotan la discrecionalidad y permiten al operador estructurar su cumplimiento sobre una base conocida, en lugar de quedar a expensas de interpretaciones cambiantes. Para un despacho, los Lineamientos son fuente de consulta obligada al dictaminar la situación de un hospedaje.
Conviene leerlos en conjunto, no de forma aislada. Los Lineamientos (noviembre de 2025) y el Manual Técnico (enero de 2026) forman una secuencia: los primeros enmarcan el cumplimiento y el segundo aporta el detalle de interconexión. La obligación se entiende completa solo cuando se leen ambos a la luz del deber del Artículo 12 Bis.
Cómo leer los Lineamientos en el conjunto normativo
Una ruta de lectura para no perder la jerarquía ni la cronología.
- Parte del deber legalUbica primero el Artículo 12 Bis de la LGMDFP: es la fuente de la obligación que los Lineamientos desarrollan.
- Lee los Lineamientos (27-nov-2025)Identifica el marco de cumplimiento que concretan: alcance aplicable y reglas operativas de la obligación.
- Continúa con el Manual Técnico (23-ene-2026)Desciende al detalle de interconexión: endpoints, autenticación y cifrado para conectarse a la PUI.
- Espera el Manual de Operación del SNIPEl instrumento que abrirá el procedimiento de acceso aún está pendiente; sin él, la interconexión plena no se formaliza.
Lo que un operador debe verificar a la luz de los Lineamientos
Cómo traducir el marco a controles internos verificables.
Captura de identidad
Que el establecimiento registre la identidad de cada huésped conforme al alcance que precisa el marco.
Conservación del padrón
Que el registro se conserve de forma íntegra y disponible para los fines de la plataforma.
Seguridad de los datos
Que el tratamiento de datos personales se realice con las medidas que el marco enmarca.
Preparación de la interconexión
Que se prevean los medios para conectarse a la PUI cuando el marco operativo lo permita.
Trazabilidad ante la autoridad
Que el cumplimiento pueda acreditarse ante la autoridad competente de búsqueda.
Coherencia con el Manual
Que la preparación sea coherente con el detalle técnico que aporta el Manual Técnico posterior.
Fuentes oficiales
Lineamientos de operación de la Plataforma Única de Identidad, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2025. Instrumento secundario que desarrolla la obligación creada por la reforma a la LGMDFP de julio de 2025 (Artículos 12 Bis y 43 Bis).
Marco superior: Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (LGMDFP). Instrumento técnico posterior: Manual Técnico v1.0, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2026.
Órganos responsables: Secretaría de Gobernación (SEGOB), Registro Nacional de Población (RENAPO) y Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), con soporte técnico de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).
